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Culpan a Estado argentino de "encubrir" ataque terrorista
  27.12.2008 Actualizado a las 15:58:57
 

     BUENOS AIRES, 26 dic (Xinhua) -- La Cámara en lo Contencioso  Administrativo reconoció hoy, tácitamente, que el Estado Argentino  fue el "principal encubridor" del atentado contra la Asociación  Mutual Israelita Argentina (AMIA), el 18 de julio de 1994. 

     La Sala II de ese tribunal de alzada rechazó el pedido del Estado  argentino para "tachar" en un reclamo civil por una de las 85  víctimas mortales del ataque terrorista la calificación de  "principal encubridor de uno de los mayores crímenes de la historia  argentina". 

     "Con respecto al planteo del Estado Nacional de que se manden  tachar las alegaciones de la actora efectuadas en el escrito de  expresión de agravios, que ubican a su parte como 'principal  encubridor de uno de los mayores crímenes de la historia argentina',  si bien los dichos vertidos en la apelación pueden resultar  excesivamente severos, lo cierto es que la motivación del decreto  812/2005, en cierta medida, puede dar lugar ello", sostiene el fallo.  

     Por ello, "no corresponde hacer lugar al planteo formulado",  precisaron los jueces Marta Herrera y Carlos Manuel Grecco. 

     Los juzgadores recordaron que "el Estado Nacional, mediante el  dictado del decreto 812/2005, reconoció su responsabilidad por  incumplimiento de la función de prevención, por no haber adoptado  medidas idóneas y eficaces para intentar evitar el atentado". 

     El pronunciamiento está contenido en un fallo conocido este  viernes, en el que la Cámara reconoció la indemnización económica a  favor de Laura Ginsberg y sus hijos, por la muerte en aquel atentado  de su marido, José Enrique "Kuki" Ginsberg. 

     Ginsberg se desempeñaba como director del Sector Sepelios y  Cementerios de la AMIA, tenía 43 años de edad al momento del  atentado y su muerte dejó huérfanos a dos niños de 12 años y 18  meses de vida. 

     El resarcimiento procura mantener el nivel de vida que  desarrollaba la familia previo al ataque, que incluía cobertura de  medicina prepaga, asociación a un club, colegio privado para los  niños y vacaciones en la Costa Atlántica argentina. 

     El fallo rechazó también una petición del Estado para que la  pensión que la viuda percibe por la muerte de su marido sea  considerada parte del resarcimiento económico por el ataque.