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Avanza en Chile propuesta para introducir soldados profesionales
  13.06.2008 Actualizado a las 17:02:09
 

     SANTIAGO, 12 jun (Xinhua) -- La Comisión de Defensa del Senado de  Chile aprobó por unanimidad el proyecto que crea una plantilla de  tropas profesionales en las fuerzas armadas en un lapso de cinco  años. 

     La iniciativa, que cumple su segundo trámite, debe ser analizada  ahora por la Comisión de Hacienda para luego ser sometida a votación  en la Sala del Senado. 

     Su objetivo es la modernización y profesionalización paulatina  del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, a fin de convertirlas en  instituciones dedicadas profesionalmente al desarrollo y  mantenimiento de sus capacidades de combate sin utilizar conscriptos  y reservistas. 

     Según datos oficiales, las Fuerzas Armadas chilenas cuentan con  cerca de 80.000 efectivos, de los cuales casi 16 mil son conscriptos.  De ahí que la iniciativa contemple un modelo para la incorporación  de soldados y marineros profesionales, en sustitución del actual  modelo basado exclusivamente en la conscripción. 

     El presidente de la Comisión de Defensa, Sergio Romero, explicó  que ya se aprobaron cuatro indicaciones presentadas por el gobierno  que buscan perfeccionar el texto del proyecto de ley. 

     Se trata de dar facultades al director de personal o su  equivalente en cada institución armada, para establecer como causal  de retiro absoluto las necesidades del servicio, evitando  ilegalidades y arbitrariedades. 

     En el proyecto se expresa que las tropas profesionales gozarán de  todos los beneficios que el resto del personal de las fuerzas  armadas y los demás derechos y sistemas de remuneraciones, como  sueldo, incentivos adicionales, feriado anual, licencias, subsidios,  pasajes, viáticos, asignación por cambios de residencia, vestuarios,  equipos y alimentación fiscal. 

     La última modificación que respaldó la Comisión se refiere al  orden de precedencia que se establece para la entrega de la pensión  en casa de muerte de un soldado profesional, puesto que la norma  actual hace alusión a la "madre de filiación matrimonial", situación  que se corrige, ya que de acuerdo a la Ley de Filiación ello sería  improcedente. 

     Por ello, se aprobó que en el caso del personal soltero y sin  hijos que fallezca en un acto determinado de servicio, si el padre  no pudiera gozar de esa pensión, sólo le sucederá la madre.