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RESUMEN: Borrador resolución contra Irán incluye restricciones de  viaje, congelación de activos
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RESUMEN: Borrador resolución contra Irán incluye restricciones de  viaje, congelación de activos
  27.01.2008 Actualizado a las 14:05:10
 

     NACIONES UNIDAS, 25 ene (Xinhua) -- Irán podría enfrentarse a  restricciones y prohibiciones de viaje contra algunos de sus  ciudadanos y a una expansión de la congelación de activos  decretada por las dos resoluciones anteriores del Consejo de  Seguridad de las Naciones Unidas, según "algunas partes de una  tercera resolución de sanciones" disponibles el viernes. 

     La propuesta, que acordaron el martes el Reino Unido, China,  Francia, Alemania, Estados Unidos y Rusia, expresa asimismo la  disposición del grupo conocido como 5+1 a "reforzar aún más la  gestión diplomática para impulsar la reanudación del diálogo y  consultas basados en la oferta presentada a Irán".  

     Las medidas propuestas, que constituirán durante las próximas  semanas la base de las deliberaciones del Consejo de Seguridad de  la ONU en torno a una tercera resolución sobre el contencioso  nuclear iraní, incluyen restricciones y prohibiciones para viajar, congelación de activos, limitaciones en artículos de doble uso,  prohibiciones de créditos de exportación, supervisión financiera,  inspecciones de carga, y "otras acciones" eventuales contra  Teherán. 

     El Consejo de Seguridad, compuesto por 15 miembros, debía  haberse reunido el viernes para abordar la cuestión, pero los  últimos acontecimientos en Oriente Medio obligaron a retrasar las  discusiones sobre la actividad nuclear de Teherán hasta el lunes  entrante, según fuentes diplomáticas. 

     Según el documento obtenido por Xinhua que recoge algunas  partes del borrador, todos los estados son instados a "aplicar  vigilancia y restricciones respecto a la entrada o tránsito por su territorio de individuos que participan, directa o indirectamente, facilitando apoyo a las polémicas actividades de proliferación  nuclear de Irán o al desarrollo de los sistemas de armamento  nuclear". 

     Las restricciones de viaje también afectarán a aquellos  involucrados "en la facilitación de artículos, bienes, equipos,  materiales y tecnología prohibidos" especificados en la Resolución 1737 del Consejo de Seguridad. 

     Asimismo se refleja la prohibición de entrada a dichos  individuos "siempre que nada obligue a un Estado a negar la  entrada a sus propios ciudadanos". 

     El borrador insta a ampliar la congelación de fondos prevista  en las resoluciones 1737 y 1747 para incluir a personas y  entidades adicionales, así como a "cualquier individuo que actúe  en su nombre o bajo sus directrices, y todas las entidades de su  propiedad o dirección". 

     Junto con las limitaciones en artículos de doble uso, la  propuesta insta a todos los países a "mostrarse cautos antes de  acordar nuevos compromisos que incluyan apoyo financiero público  al comercio con Irán, como créditos de exportación, avales o  seguros, destinados a sus ciudadanos o entidades que participan en dicho intercambio comercial". 

     Con esta medida se alerta al resto de países de la necesidad de "evitar que dicho apoyo financiero contribuya a la proliferación  de las actividades nucleares polémicas o al desarrollo de sistemas de armamento atómico". 

     También se insta a vigilar "las actividades de instituciones  financieras del propio territorio con todos los bancos con  domicilio social en Irán, en especial con los bancos Melli y  Saderat, y todas sus sucursales o filiales en el extranjero". 

     En cuanto a la inspección de mercancías, el borrador pide a  todos los países que "inspeccionen todas las cargas con  procedencia o destino en Irán de aviones y barcos en sus  aeropuertos o puertos operados o propiedad de Iran Air Cargo y de  Iran Shipping Line, siempre y cuando existan motivos razonables  para pensar que dichos barcos o aviones transportan mercancías  prohibidas" por las dos primeras resoluciones o por la tercera. 

     La propuesta expresa su "seria preocupación" por el hecho de  que Irán no haya suspendido todas las actividades de  enriquecimiento y reprocesamiento de uranio ni sus proyectos de  agua pesada, así sobre la negativa de la república islámica de  reanudar la cooperación con la Agencia Internacional de Energía  Atómica (AIEA). 

     Como pasos a seguir, el texto "requiere un nuevo informe en un  plazo de 90 días del director general de la AIEA acerca de la  suspensión íntegra y continuada de todas las actividades"  mencionadas en las resoluciones 1737 y 1747. 

     A partir de dicho informe, el Consejo de Seguridad decidirá  entonces si suspende o retira las sanciones contra Irán, o bien,  si "adopta las medidas adicionales pertinentes", contempladas en  el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. 

     En cuanto al frente diplomático, el documento expresa el deseo  de "buscar una solución amplia, a largo plazo y adecuada", que  permita el "desarrollo de las relaciones en todos los ámbitos y  una más amplia cooperación con Irán basada en el respeto mutuo y  en el establecimiento de la confianza internacional respecto a la  naturaleza pacífica" del programa nuclear iraní. 

     Asimismo se expresa la acogida a un acuerdo entre Irán y la  AIEA para "resolver todas las cuestiones relacionadas" con el  contencioso nuclear iraní y los avances cosechados al respecto, al tiempo que anima al organismo de control nuclear de la ONU a  continuar trabajando para aclarar todas las cuestiones que ayuden  a "restablecer la confianza internacional en la naturaleza  exclusivamente pacífica de las actividades nucleares de Irán". 

     Finalmente, el borrador apunta que las negociaciones directas  con Teherán comenzarán "tan pronto como Irán suspenda todas las  actividades relacionadas con el enriquecimiento y con el  reprocesamiento, incluidos la investigación y el desarrollo, y  ésto sea verificado por la AIEA".