HONG KONG, 27 may (Xinhua) -- La Región
Administrativa Especial de Hong Kong y el gobierno alemán han firmado dos
acuerdos para la captura de criminales fugitivos y el establecimiento de un
sistema de asistencia legal en cuestiones criminales.
De acuerdo con un comunicado de prensa oficial,
Abrose Lee, secretario de Seguridad de Hong Kong, y Helmut Raush,
vicecónsul general alemán, firmaron los documentos ayer viernes.
El acuerdo de extraditación incluye diversos
aspectos. En primer lugar establece la norma de la doble criminalidad,
según la cual el delito por el que se reclama a una persona debe ser
considerado como tal por la justicia de la parte extraditante, donde
debe conllevar penas superiores a un año de cárcel.
Por otra parte, la entrega puede ser rechazada si el
delito por el que se reclama al fugitivo conlleva pena capital. De igual
modo, en los casos de delitos considerados como políticos, las partes
pueden negarse a realizar la entrega.
En otra de las cláusulas se establece el principio
"prima facie ", según la cual, las pruebas contra la persona requerida por
la parte demandante deben ser suficientes para justificar, según
ambas legislaciones, el proceso judicial.
Finalmente, el acuerdo establece que la persona
extraditada no podrá ser juzgada por delitos distintos a los que motivaron
su extraditación, ni entregada a una tercera jurisdicción.
En cuanto al acuerdo de asistencia legal mutua, éste
contiene las características esenciales de los acuerdos internacionales de
este tipo.
Los principales tipos de asistencia contemplados en
el acuerdo incluyen la búsqueda de pruebas y la obtención de declaraciones
de inculpados, la entrega de información y la cooperación en los
procesos de localización de procesados, así como la detección y
retención de los elementos utilizados para infringir la legalidad.
La asistencia también incluye el envío de bienes
confiscados, la simplificación de los traslados de testigos y personal que
pudiera cooperar en investigaciones, junto con otras contribuciones
estipuladas en el acuerdo y recogidas por ambas legislaciones.
Los dos acuerdos entrarán en vigor treinta días
después de que ambas partes se notifiquen mutuamente que sus respectivos
requisitos legales para la aplicación del acuerdo han sido
cumplidos. Fin